COMUNICADO
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En el Perú, los principales impuestos como Impuesto general a las ventas (IGV) e Impuesto a la renta (IR) son recaudados por el Gobierno Central, A través de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). También existen otros tributos recaudados por gobiernos municipales.
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
El Impuesto General a las Ventas (IGV) es un impuesto que grava el valor agregado en cada transacción realizada en las distintas etapas del ciclo económico.
La tasa general del impuesto es del 16 % a la cual se le agrega el 2%, que corresponde al Impuesto de Promoción Municipal y que se aplica simultáneamente en todas las operaciones gravadas con el IGV
IMPUESTO A LA RENTA
Según la ley del Impuesto a la Renta, las rentas se clasifican en cinco categorías:
Primera categoría:
Son las producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes muebles o inmuebles.
Segunda categoría:
Son las producidas por las otras rentas de capital, como los intereses por préstamos, regalías, patentes, dividendos y ganancias de capital.
Tercera categoría:
Son las rentas del comercio, industria y servicios provenientes de la actividad empresarial y otras expresamente consideradas por la ley del impuesto a la renta.
Cuarta categoría:
Son las rentas del trabajo independiente.
Quinta categoría:
son las rentas del trabajo dependiente.
IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO
El Impuesto Selectivo al Consumo grava la venta en el país a nivel de productor y la importación de bienes tales como combustibles, vehículos, cervezas, cigarrillos, bebidas alcohólicas, agua gaseosa y mineral, otros artículos de lujo, combustibles, juegos de azar y apuestas.
Las tasas del impuesto fluctúan entre 0% y 50%, según el tipo de bien o servicio gravado.
En algunos casos se prevé el pago de sumas fijas dependiendo del producto o servicio gravado.
IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF)
Es un impuesto creado con carácter temporal para gravar las operaciones en moneda nacional o extranjera, sean débitos o créditos.
El impuesto se aplica actualmente con la tasa del 0.05%.
Este impuesto es deducible para efectos del Impuesto a la Renta. Además, están exentas de este impuesto, las operaciones efectuadas entre cuentas del mismo titular, la acreditación o débito en las cuentas que el empleador aperture a nombre de sus trabajadores o pensionistas, los débitos en la cuenta del cliente por concepto del impuesto, gastos de mantenimiento de cuentas y portes, La acreditación o débito en las cuentas de los gobiernos, misiones diplomáticas y consulares, organismos y organizaciones internacionales acreditados en el Perú.
DERECHOS ARANCELARIOS
Los Derechos Arancelarios gravan la importación al país de mercancías extranjeras y se calculan sobre el valor CIF de la importación. La actual estructura arancelaria incluye tres niveles: 0%, 9% y 17%, con un total de 7, 351 partidas, repartidas como sigue:
Número de partidas arancelarias |
Niveles arancelarios Ad-valorem + sobretasa |
Proporción % |
3943 |
0% |
35,6 |
2616 |
9% |
35,6 |
792 |
17% |
10,8 |
IMPUESTOS APLICADOS POR LOS GOBIERNOS LOCALES
Impuesto predial
Son impuestos cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. Entre sus aspectos fundamentales se determina las tarifas aplicadas a la base imponible que son de naturaleza progresiva acumulativa y se calculan sobre la base del valor de todos los inmuebles que posee una misma persona. Además, existen otros impuestos de carácter local como: Impuesto de Alcabala e impuesto al patrimonio vehicular.